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Abogados para la Devolución de Impuestos en España

Estás llegando a España, y te gustaría saber cuántos impuestos tendrás que pagar por tu Renta Personal. Como esto depende de varios factores, hagamos un desglose de los detalles principales.

¿Cómo puede ayudarme un abogado?

Los impuestos son complicados en todo el mundo. Sin embargo, las autoridades fiscales españolas son famosas por ser duras y exigentes. El acceso, elaboración y presentación de las declaraciones del IRPF en España puede resultar complicado. En caso de tener distintas fuentes de ingresos, o rentas de fuera de España, es conveniente solicitar asesoramiento fiscal profesional

¨Estaremos contigo en cada paso de tu viaje.¨

– Equipo de Inmigración

Sanciones

Las implicaciones de no presentar la declaración de impuestos generalmente son recibir una multa que puede ir desde el 50% hasta el 150% de la obligación tributaria no pagada, más el pago de la obligación tributaria.

Tenga en cuenta que las autoridades fiscales españolas y las autoridades fiscales de otros países han firmado Tratados Fiscales Internacionales que incluyen un intercambio de información entre ambas Autoridades Fiscales. Por lo tanto, no se recomienda tratar de ocultar ingresos o activos de las autoridades fiscales españolas.

¿Cómo voy a ser gravado?

La Tributación sobre la Renta de las Personas Físicas depende del Estatus de Residencia Fiscal.

Se le considerará Residente Fiscal en España para un ejercicio fiscal determinado, en términos generales, si permanece físicamente en España más de 183 días durante el año fiscal (es decir, del 1 de enero al 31 de diciembre ) , incluidas las ausencias esporádicas, como vacaciones y viajes de trabajo.

Si está en España más de 183 días en el año fiscal, se le considerará residente fiscal durante todo el año fiscal.

Además, se le considerará residente fiscal en España si su cónyuge e hijos dependientes son considerados residentes fiscales en España. Sin embargo, para evitar esta consideración, debe demostrar que ha sido residente fiscal en otro lugar.

Si se le considera Residente Fiscal en España, pagará impuestos sobre sus ingresos mundiales. Tus rentas del trabajo, rentas de autónomos y rentas de la propiedad (rentas de alquiler y rentas de unipersonales) tributarán a un tipo progresivo que puede llegar hasta el 50% en determinadas regiones, como Cataluña. Progresivo significa que, cuanto mayor sea el ingreso que perciba, mayor será la tasa impositiva. Las rentas del ahorro (intereses, dividendos y plusvalías, entre otros) tributarán a un tipo progresivo que va del 19% al 26%.

Por otro lado, un residente no fiscal español tributa únicamente sobre sus ingresos de fuente española a una tasa impositiva única. Esta tasa es del 19% para residentes fiscales de la UE y del 24% para residentes fiscales fuera de la UE. Se aplicaría a las rentas del trabajo derivadas del trabajo realizado en España, ingresos por alquileres de propiedades en España, intereses de cuentas bancarias españolas, dividendos de acciones en empresas españolas, y plusvalías de activos españoles, entre otros. Ningún gasto sería deducible en caso de que no sea residente fiscal de la UE.

Encuentre su abogado fiscal

Preguntas frecuentes

La Tributación sobre la Renta de las Personas Físicas depende del Estatus de Residencia Fiscal. Una persona se considera Residente Fiscal en España para un ejercicio fiscal concreto, en términos generales, si permanece físicamente en España más de 183 días durante el año natural (que va del 1 de enero al 31 de diciembre), incluidas las ausencias esporádicas, incluidas las vacaciones y viajes de trabajo.

Si se le considera Residente Fiscal en España, tributará sobre su renta mundial, independientemente de la fuente de la renta y de la ubicación de la cuenta bancaria en la que perciba la renta.

Además, tenga en cuenta que la consideración del movimiento de los ingresos de la empresa en su bolsillo puede considerarse como ingresos del trabajo o como dividendos, según la estructura de su empresa extranjera.

– En caso de que incorpore una LLP en el Reino Unido, o una sociedad o S-Corp en los EE. UU., o una entidad similar, los ingresos de la empresa para usted se considerarán ingresos laborales y, por lo tanto, estarán sujetos a las tasas impositivas progresivas, que pueden llegar hasta el 50% en ciertas regiones.

– En caso de que incorpore una LTD en el Reino Unido o una C-Corp en los EE. UU., los ingresos de la empresa para usted se considerarán dividendos y, por lo tanto, estarán sujetos a las tasas impositivas progresivas que pueden ir del 19% al 26% %

En caso de que perciba alguna renta del exterior que también esté tributando en el extranjero, es posible que tengamos la posibilidad de aplicar el mecanismo del Convenio de Doble Imposición correspondiente para evitar tributar dos veces. Esto quiere decir que, de la cantidad de impuestos que tengas que pagar en España por tus rentas extranjeras, te deduciremos la cantidad de impuestos ya pagados en el extranjero sobre estas rentas, con el límite establecido en el Convenio de Doble Imposición entre España y el país de origen de las mismas. 

En caso de que quiera permanecer en España 180 días, pero evitar ser considerado como residente fiscal español, tendría que reclamar ante las autoridades fiscales españolas, cuando le pregunten, que es residente fiscal en otro lugar, ya que nadie puede no serlo. residente en cualquier lugar. A tal efecto, deberá poder aportar a las autoridades fiscales españolas un certificado de residencia fiscal en el país de referencia, en base al Convenio de Doble Imposición entre España y dicho país, para el ejercicio fiscal que se esté comprobando.

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