Visado de Reagrupación Familiar en España | Lexidy
Nuestro servicio rápido y fiable para ayudarte a conseguir un permiso de familia y una tarjeta de residencia en España para tus padres, hermanos o pareja.
Asesoramiento en materia de extranjería para familiares de ciudadanos de la UE.
Residencia para familiares no comunitarios
Si no eres de la UE y eres familiar de un ciudadano español de otro país de la UE, puedes solicitar una autorización de residencia y trabajo. Debes solicitar el permiso si tienes previsto residir en España más de tres meses y ese permiso tiene una validez de cinco años.
¿Cómo obtengo una visa o permiso familiar?
El ciudadano de la UE debe poder demostrar medios económicos suficientes para respaldar la solicitud del permiso del ciudadano no comunitario. Además, debe disponer de cobertura sanitaria, ya sea por su actividad laboral en España o como profesional autónomo.
¿Cómo puede ayudarme un abogado?
La experiencia de nuestros abogados puede acelerar el proceso de obtención de este permiso al trabajar con funcionarios para asegurarle una cita.
Nuestros abogados conocen los requisitos de cada Consulado o Embajada de España, y también pueden ponerse en contacto con una Embajada o Consulado de España en particular con respecto a circunstancias únicas.
El abogado de Lexidy ofrece asistencia completa en inglés, francés o italiano.
¨Estaremos contigo en cada paso de tu viaje.¨
– Equipo de Inmigración
Proceso de obtención de residencia para familiares no comunitarios
- Darse de alta en el Ayuntamiento, que puede tardar entre un día y tres semanas.
- Se tarda entre dos y cinco días en reunir la documentación, dependiendo de la situación del cliente.
- Enviar una solicitud digitalmente lleva menos de un día.
- El permiso de residencia puede tardar hasta tres meses en aprobarse.
- Programe una cita en la estación de policía, que puede demorar 1 semana.
- Reserva menos de un día para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero.
- Recibir una Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de un mes.
Residencia para Familiares Extranjeros
- Residencia para padres y familiares directos
El cónyuge del familiar comunitario puede solicitar este permiso. También se incluyen las parejas de hecho siempre que se acredite con certificado público o prueba suficiente que acredite una relación estable.
- Residencia por cónyuge
El cónyuge del familiar comunitario puede solicitar este permiso. También se incluyen las parejas de hecho siempre que se acredite con certificado público o prueba suficiente que acredite una relación estable.
- residencia para niños
Los niños menores de 21 años que no sean ciudadanos de la UE pueden obtener una tarjeta de residencia siempre que sus padres puedan demostrar los medios económicos suficientes para mantenerlos.
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Preguntas frecuentes
No. Solo puede ser expulsado si comete un delito grave.
Sí, puedes solicitar la Tarjeta de Residencia de familiar de ciudadano de la UE aunque hayas superado tu estancia legal en España.
No recomendamos salir de la zona Schengen si ha excedido su límite legal, ya que puede enfrentar problemas al volver a ingresar.
Depende de la región. Algunos permiten que un notario o funcionario público evalúe esto, mientras que otros requieren que demuestre su relación estable a través de pruebas, como contratos de alquiler, cuentas bancarias y correspondencia.
Si. Una vez aprobado tendrás un permiso de residencia y trabajo de cinco años
Si el familiar de la UE no trabaja para una empresa española, ambos deben tener cobertura de seguro médico.
Debe acreditar su dependencia económica de sus padres a pesar de su mayoría de edad para poder acogerse a este régimen. Una forma de hacerlo es inscribiéndote en una universidad española.
Debes acreditar la dependencia médica de tus padres y que residan en el mismo domicilio que tú al menos dos años antes de la solicitud del permiso.
Sí, para solicitar la tarjeta es necesario acreditar que vives en el mismo domicilio que un ciudadano de la UE titular de un Certificado UE.
Recomendamos que haya suficientes fondos económicos en la cuenta del ciudadano europeo.
Dependiendo del lugar de solicitud, es posible que necesite que los fondos estén en una cuenta española. En algunos casos, deben haber estado en la cuenta durante tres meses.
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